Martes 20 de Noviembre de 2018.
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica hoy la resolución de la Consejería de la Viceconsejería de Cultura del Gobierno regional, de fecha 15 de noviembre pasado, por la que se inicia expediente para la declaración de la Villa de Talavera de la Reina como Bien de Interés Cultural (BIC), con la categoría de Conjunto Histórico.
En la citada resolución se señala que "el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha establece en su artículo 31.1.16ª como competencia exclusiva de la Junta de Comunidades el patrimonio monumental, histórico, artístico y arqueológico y otros centros culturales de interés para la región", añadiendo que la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha establece el procedimiento para la declaración de los bienes de interés cultural integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha".
En base a ese procedimiento, desde la Viceconsejería de Cultura se manifuesta que "la ciudad de Talavera de la Reina conserva un amplio, variado y sobresaliente patrimonio cultural que la convierte en uno de los lugares más relevantes de Castilla-La Mancha y su núcleo histórico reúne las condiciones para ser declarado Bien de Interés Cultural con la categoría de Conjunto Histórico".
VENTAJAS, AYUDAS Y EXENCIONES
Atendiendo a ello, la Viceconsejería de Cultura resuelve iniciar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural de La Villa de Talavera de la Reina con la categoría de Conjunto Histórico; y disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de 1 mes a contar desde mañana miércoles 21 de noviembre; y tramitar el correspondiente expediente de declaración de Bien de Interés Cultural.
Hay que recordar que una vez que se lleve a cabo esta declaración, durante mucho tiempo esperada en Talavera de la Reina, supondrá importantes ventajas para los propietarios públicos y privados de viviendas y edificios en la zona afectada, como la obtención de ayudas para rehabilitación y exenciones en algunos impuestos, como el de bienes inmuebles (IBI).