Lunes 29 de Julio de 2019.
El exjuez decano de Talavera de la Reina, Fernando Presencia Crespo, ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Toledo, con sede en la Ciudad de la Cerámica, a 7 meses de prisión por un delito de calumnias con publicidad y contra autoridad cometido sobre la persona de Vicente Rouco, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJ-CLM).
Según la sentencia dictada por la jueza Marta Vicente de Gregorio y fechada el pasado miércoles, las calumnias se produjeron en dos entrevistas concedidas por Presencia Crespo en medios de comunicación digitales, La Voz de Talavera y Confilegal, en las que atribuía al Presidente del TSJ-CLM, en su condición de magistrado de la Sala de lo Civil y Penal de este TSJ, haber “negociado” con el que fuera secretario general del Sindicato Manos Limpias la continuación y/o retirada de un procedimiento.
HECHOS FALSOS Y NO PROBADOS
Según informa el propio TSJ-CLM en una nota, la sentencia del Juzgado de lo Penal considera que las expresiones vertidas por el exjuez en esos medios de comunicación digital son de carácter calumnioso y fueron expresadas por Fernando Presencia de forma directa, sin ambigüedades y públicamente, y en las que se imputaban al Presidente del TSJ-CLM unos hechos que, de ser ciertos, constituirían un delito de prevaricación dolosa.
La sentencia afirma que los hechos imputados por Fernando Presencia son falsos, ya que el exjuez no ha probado la verdad de sus imputaciones. A ello se añade, dice la sentencia, que el secretario general del Sindicato Manos Limpias, que declaró como testigo en el juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal, afirmó no conocer ni haberse entrevistado nunca con el Presidente del TSJCLM, y no haberse dirigido nunca personalmente a ningún magistrado de dicho TSJ.
IMPUTACIONES CALUMNIOSAS E INVERACES
Junto a todo ello, según recoge la sentencia, consta acreditada la inadmisión a trámite de la querella a la que se refería Fernando Presencia en las entrevistas concedidas, tras la oportuna deliberación, votación y fallo de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ-CLM, compuesta por 3 magistrados, y de cuyo procedimiento fue ponente Vicente Rouco como magistrado.
Según la propia sentencia, las afirmaciones vertidas por Fernando Presencia en los medios de comunicación antes citados no son fruto del ejercicio de la libertad de expresión, sino que son calumniosas, imputaciones inveraces que fueron hechas con plena consciencia del efecto que podían producir en la opinión pública, imputando una actuación delictiva al Presidente del TSJ-CLM sin la más mínima prueba, y con consciencia de estar imputando un delito en falso contra un magistrado que había intervenido en un procedimiento.
INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL
Además de la pena de prisión, la sentencia establece para Fernando Presencia la obligatoriedad de indemnizar a Vicente Rouco con la cantidad de 3.000 euros, además de los correspondientes intereses legales, por daño moral y le condena a la publicación de dicha sentencia en los 2 medios de comunicación digitales.
La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Toledo.