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Sanidad decreta 'medidas especiales' en Talavera y toda la provincia para frenar la expansión del COVID
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Sanidad decreta "medidas especiales" en Talavera y toda la provincia para frenar la expansión del COVID

Por La Voz de Talavera
martes 08 de septiembre de 2020, 19:50h

Ante la proliferación de casos de infección por coronavirus en la provincia de Toledo, 339 en las últimas 24 horas y 9.442 desde el inicio de la pandemia, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-La Mancha ha decretado el establecimiento de "medidas especiales" anti-COVID en Talavera de la Reina y todas localidades toledanas.

Hasta hoy, estas "medidas especiales" anti-COVID en la provincia de Toledo estaban vigentes en Toledo capital, Consuegra, Illescas, Seseña, Yuncos, Fuensalida, Olías del Rey, Méntrida, Quintanar de la Orden, Villacañas, Torrijos, Yeles y Mora.

Las "medidas especiales", que referimos a continuación, han sido comunicadas por la Consejería a las 19:30 horas de este martes y entran en vigor en la misma tarde de hoy.

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES

- Entre las medidas a adoptar en Talavera y demás localidades de la provincia de Toledo, se contempla que en bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares el aforo se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local.

- Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

- Se suspende cautelarmente la actividad en los Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas

- Se procede a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

- No se permitirán salidas de residentes de estos centros salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta.

- Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.

- A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas, se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

- Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

- Se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres a un máximo de 10.

- Se restringe el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos a un máximo de 25.

MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

- Suspensión de eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.

- Se establece un aforo máximo del 50 por ciento en cines, teatros y auditorios.

- Se establece un aforo máximo del 50 por ciento en Bibliotecas, Museos y visitas a monumentos.

- Los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.

- Podrán llevar a cabo su actividad mercadillos y mercados al aire libre, con un máximo del 30 por ciento de los puestos habitualmente autorizados.

- Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

- Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable. Asimismo, Recomendar a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

14 DÍAS, PRORROGABLES

"Todas las medidas reflejadas en este documento se aplicarán durante 14 días a partir de su firma, pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad", señalan desde la Consejería.

"Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias a las establecidas en este documento", concluye la nota del Gobierno de Castilla-La Mancha.

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