La Delegación de la Consejería de Sanidad en la provincia de Toledo ha decidido este lunes prorrogar las medidas especiales anti-COVID decretadas para Talavera de la Reina y demás localidades toledanas y en vigor desde el 8 de septiembre, debido a la proliferación de casos de contagio registrados en las últimas semanas.
Según se ha explicado desde la Consejería, en las semanas epidemiológicas 36 (del 30 de agosto al 6 de septiembre) y 37 (del 7 al 13 de septiembre) se han declarado al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de un total de 3.427 casos lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días con datos válidos de 490,1 casos/100.000 habitantes.
Sanidad señala al respecto que estos indicadores ponen de manifiesto que la provincia de Toledo se encuentra en un escenario de transmisión comunitaria con incidencia elevada.
En base a ello, se recomienda mantener las medidas adoptadas con fecha 8 de septiembre (complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional) y mantener una estrecha vigilancia de los indicadores epidemiológicos ante la posibilidad de que hubiera que reforzarlas.
NORMAS, PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES
Por todo ello, en virtud del protocolo de brotes comunitarios elaborado desde la Consejería de Sanidad -señala la Delegación Provincial- se hace necesario aplicar la prórroga de, entre otras, las siguientes medidas preventivas de Salud Pública:
- Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
- En bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares, el aforo se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local.
- Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
- Centros Socio-Sanitarios: se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables.
- La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
- No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días.
- Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.
- A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
- Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
- Se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y se restringe el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).
- Como medidas complementarias, se procede a la suspensión de eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.
- Se establece un aforo máximo del 50% en cines, teatros y auditorios y un aforo máximo del 50% en Bibliotecas, Museos y visitas a monumentos.
- Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
- Se permiten los espectáculos taurinos con un aforo máximo del 50% del autorizado previamente.
- Podrán llevar a cabo su actividad mercadillos y mercados al aire libre, con un máximo del 30% de los puestos habitualmente autorizados.
- En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénicosanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento.
- Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
- Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas, incluyendo convivientes.